Justo cuando creíamos que lo más difícil para que Diego Cruz Alonso enfrentara a la justicia por el abuso sexual a Daphne Fernández sería que lo regresaran a México, el juez de distrito Anuar González decidió darle un pase a la libertad. El magistrado concedió un amparo a Cruz, y al aún prófugo Jorge Cotaita, contra las acusaciones por pedrastia (es decir, el amparo no solamente le otorga la libertad a Diego Cruz, sino que portege de la acusación a Cotaita). La sentencia de Anuar González se basa, en resumen, en los siguientes puntos:
1. Que no se acreditó el delito de abuso sexual.
2. Diego Cruz no demostró lascivia ni apetito sexual mientras violentaba a Daphne Fernández.
3. Daphne no se encontraba en estado de indefensión, pues
4. Daphne dijo que la violaron en la casa, no en el coche. Y Diego Cruz estaba en el coche.
5. El testimonio de la víctima se contradice con el de testigos
Si pudieron contener el asco y el vómito, les contamos que resulta que la sentencia de este juez no solamente desafía el sentido común y la lógica, sino también la ley. El Código Penal del estado de Veracruz dice
Así, la sentencia de Anuar González decidió omitir el primer párrafo del Artículo 182. Y también los artículos siguientes que tipifican lo sucedido a Daphne como una violación.
Pueden consultar la sentencia completa del juez aquí y el Código Penal de Veracruz aquí.